GUÍA DE ETICA. 3ª Evaluación (2° año de Bachillerato)
La Conciencia Moral
En el Capítulo anterior se dijo que la conformidad de una acción con la ley natural lo determina como buena o mala. Pero surge ahora una nueva dificultad, la ley moral es un conocimiento universal y las acciones son singulares. ¿Cómo aplicar la ley natural a cada acción? La aplicación de la norma general a la acción singular se realiza a través del juicio de la conciencia moral.
1-. Definición de Conciencia:
Es el juicio que realiza la inteligencia –partiendo de la ley natural--, con el cual dictamina sobre la bondad o maldad de un acto concreto. Es la misma inteligencia cuando juzga la moralidad de una acción, de acuerdo a los principios
En el acto de la conciencia, --juicio práctico sobre la moralidad de una acción—puede intervenir de una doble forma.
a) Antes de la acción (conciencia antecedente), haciendo considerar al sujeto la relación que su acto tiene con la ley moral y, en consecuencia la prohíbe o la ordena.
b) Después de la acción (conciencia consecuente), el juicio de la conciencia aprueba el acto (reproduciendo en el interior alegría y paz), o lo reprueba, si fue malo, con la inquietud, la tristeza o el remordimiento.
El juicio de la conciencia no es autónomo, sino “heterónomo”, es decir, la conciencia no crea la ley moral, sino que la ley natural es anterior a ella y en ella se fundamenta.
**El subjetivismo ético, que afirma la independencia de la conciencia frente a toda norma objetiva y superior. Según esta postura equivocada, cada persona tendría su propia normatividad y resultaría por ello factible decir o hacer en cualquier circunstancia lo que fuere.
2-. División de la conciencia
Buscando la mejor comprensión de los distintos modos en que puede presentarse el juicio de la conciencia, se han establecidos dos divisiones fundamentales: la primera en razón de la conformidad con la ley moral naura; la segunda, en razón del tipo de asentimiento.
a) En razón de la conformidad con la ley moral natural, la conciencia puede ser:
-conciencia verdadera: si juzga en conformidad con la ley natural.
- conciencia errónea: si juzga en desacuerdo con la ley natural.
La conciencia errónea puede ser, a su vez, vencible o invenciblemente errónea.
Ejemplos:
-Conciencia verdadera (juicios conformes a la ley natural):
-“ni aun en el caso de que el feto tenga malformaciones, es licito el aborto” (aplicación correcta de un principio general a un hecho particular.
- no resulta ético ofrecerle dinero al funcionario público para que incline a nuestro favor la decisión del concurso en el que participamos junto a otras compañías constructoras.
-Conciencia errónea (disconformidad entre la norma objetiva y el caso Particular).
-“como el soborno es práctica habitual entre mis colegas, yo también puedo aceptarlos”. (Aplicación incorrecta de la ley natural al hecho singular).
-Ya que el paciente está sufriendo mucho, vamos a inyectarle una sobredosis de tranquilizantes, para que muera.
Al ser el juicio de la conciencia un acto de la inteligencia, puede verse afectada por el obstáculo de la ignorancia. Dando lugar a la conciencia errónea.
La ignorancia afecta al entendimiento cuando éste valora la moralidad de las acciones. Si esa ignorancia es vencible (es decir, si el sujeto pudo haberla evitad, pero no se preocupó de buscar la verdad y el bien), resulta culpable. No lo es cuando se da una ignorancia verdaderamente invencible (porque el sujeto ni siquiera sospecha que su opinión es equivocada, o sospechándolo, llegó a una solución objetivamente errónea, a pesar de haber reflexionado, estudiado, consultado, etc., sobre ese asunto concreto).
b) En razón del tipo de asentimiento:
Según el grado de seguridad con que se emite el juicio, la conciencia puede ser:
-Conciencia Cierta: es la que juzga con firmeza y sin temor a errar sobre la moralidad de una acción.
-Conciencia dudosa: dictamina con temor a errar, o ni siquiera se atreve a juzgar.
Hay obligación de actuar siempre con conciencia cierta, luego de una ponderación suficiente. Decidir frívola y superficialmente –sobre todo en asuntos de trascendencia moral –es siempre una actitud reprobable, ya que se acepta el riesgo de perder la dirección al fin último.
Por ellos es importante evitar los juicios realizados con conciencia dudosa, distinguiendo siempre entre:
-la duda negativa: que es la sustentada en motivos difusos y pocos serios.
-La duda positiva: que se da al presentarse razones serias para dudar.
Las dudas negativas (que son inevitables, dada la debilidad de la mente humana) deben despreciarse, pues de lo contrario se haría imposible la tranquilidad interior del sujeto, llenándose continuamente de inquietud.
Sobre las dudas positivas caben dos posibilidades:
1) llegar a una certeza practica por el estudio diligente del asunto, la consulta a quienes más saben.
2) Si luego de intentar la eliminación de la duda ésta persiste, se ha de elegir la parte favorable a la ley moral natural. De este modo se excluye la posibilidad del ilícito.
Ejemplos:
-quien duda haber o no saldado determinada deuda –y no puede eliminar la duda de ningún modo—debe pagar esa deuda.
-si el medico duda sobre un posible embarazo, no debe aplicar radioterapia a la matriz tumorosa hasta descartar la existencia del embrión. La parte favorable a la ley es, en este caso, evitar el daño del feto.
3-. Principios para segur la conciencia:
-Primer Principio: “Nunca es licito actuar contra la conciencia cierta”. Es decir, la conciencia cierta es regla legitima de moralidad. La persona humana debe obedecer siempre el juicio cierto de su conciencia: si obrase deliberadamente contra este último se condenaría a si mismo. No importa aquí que la conciencia sea verdadera o falsa; el que tiene certeza de que el objeto presentado por la conciencia es malo y lo asume, quiere el mal (independientemente de que, de hecho, lo sea o no). Y ese modo de proceder es siempre ilícito.
-ejemplo: si una persona adulta está segura (conciencia cierta) que tomar una copa de licor es en sí mismo malo (cosa que, para un individuo sano no lo es), y a pesar de eso la toma, actúa contra su conciencia cierta, y por ello su actuación es ilícita.
-Segundo Principio: “Es necesario actuar siempre con conciencia verdadera”.
Ya que la rectitud de los actos consiste en su conformidad con la ley natural. Por ello, sòlo la conciencia que aplica rectamente la norma de la moralidad al caso concreto, es regla legìtima de moralidad.
De aquí resulta la obligatoriedad de formar la conciencia, pues resulta necesario actuar, en toda circunstancia, con conciencia verdadera.
-Tercer Principio: La conciencia venciblemente errónea no es regla de moralidad.
Ya que quien la tiene advierte –por ser vencible—la obligación de superar el error en que se halla. Por lo cual no licito seguir el dictamen de este tipo de conciencia, pues la decisión sería culpable, en la medida de la negligencia para superar el error.
-Cuarto Principio: Es licito actuar con conciencia invenciblemente errónea.
Ya que un error invencible es compatible con la conciencia cierta (y ésta norma de moralidad).
No debe olvidarse que estamos hablando de error invencible, o porque no vino de ningún modo al entendimiento del que actúa, o porque, aunque tuvo duda, hizo cuanto estuvo a su alcance por salir de ella, sin conseguirlo.
De hecho, el error invencible se da principalmente en las sociedades y en las personas con mayor atraso cultural y humano. La invencibilidad del error es menos evidente mientras mayor cultura, nivel intelectual y desarrollo familiar y personal alcance un individuo.
Ejemplos:
-Resulta fácil entender la responsabilidad moral de la madre de familia perteneciente a una primitiva tribu que, convencida de la eficacia curativa de ciertas pócimas que le proporciona el brujo, las da a beber a su pequeño hijo enfermo, que muere tras la ingestión de ellas. Su conciencia invenciblemente errónea la exime de culpabilidad moral, ya que confiaba ciegamente en los poderes curativos del chamàn.
-en los aspectos económicos, un campesino puede tener el error invencible sobre la licitud de los préstamos con intereses: su desconocimiento de las leyes del mercado de dinero pueden hacerle pensar que es ilícito prestar con créditos.
4. Formación de la conciencia:
La dignidad de la persona humana implica y exige la rectitud de la conciencia moral, ya que ella le hace posible asumir la responsabilidad de los actos realizados. La educación de la conciencia es indispensable a los seres humanos sometidos a influencia s negativas y tentados por el pecado a preferir su propio juicio y a rechazar las enseñanzas autorizadas. Entre los distintos medios para formar la conciencia se encuentra, por una parte, los que hacen referencia l intelecto, y por otra, lo que se refieren a las rectas disposiciones de la voluntad.
a) Medios racionales: conocimiento de la ley moral natural: cabe señalar, en este sentido, la inconsistencia de las posturas que pretende fundamentar la conducta sólo con base en el criterio personal, pensando que para actuar bien basta “está seguro de que la actuación es buena”. Tal actitud refleja la autosuficiencia de considerar que el sujeto “no se equivoca nunca”: basta que èl considere que algo es bueno para que de hecho lo sea. Los medios racionales para formar la conciencia son:
1º estudio de la ley moral natural; tanto en el contenido de los preceptos primarios como también en lo referente a las múltiples conclusiones remotas extraídas de esos principios.
2º. El hábito de reflexionar antes de actuar: es preciso que cada uno preste mucha atención a sì mismo para oír y seguir la voz de su conciencia. Esta exigencia de interioridad es tanto más necesaria cuanto que la vida nos impulsa con frecuencia a prescindir de toda reflexión, examen o interiorización.
3º. Petición de consejo y ayuda a quienes tienen mayor conocimiento y virtud. En la selección de personas consideradas capaces para resolver planteamientos éticos, se ha de buscar no sólo la cualificación intelectual (conocimiento), sino también su valía moral personal (virtud).
b) Rectas disposiciones de la voluntad: Seguridad Subjetiva.
Como la determinación de la moralidad de los actos depende muy estrechamente de las disposiciones personales del individuo ----de sus virtudes y de sus vicios---, el esfuerzo por lleva una vida virtuosa es imprescindible para adquirir una conciencia bien formada.
Entre las virtudes morales hay dos que tienen particular importancia en la formación de la conciencia: La sinceridad y la humildad.
Con la sinceridad –primero consigo mismo—el sujeto es capaz de reconocer sus limitaciones y sus equivocaciones personales. Si no logra esa virtud, vivirá engañándose a sí mismo, haciéndose cómplice de sus vicios y pretendiendo justificar su actuación ilícita (“quien no vive como piensa, acaba pensando como vive”).
La segunda virtud –la humildad--, lleva al hombre a recibir de buen grado sus carencias y limitaciones, que descubre a través de la sinceridad. Buscarà entonces pedir consejo –la autosuficiencia es incompatible con la actitud humilde--, y poner en pràctica lo que resulte pertinaz, aun a costa de que aquello suponga un cambio de vida. Es de destacar también –sobre todo en la época contemporánea,, la importancia de la virtud de la templanza, que lleva a no confundir el bien placentero con el bien moral.
En efecto, la presión de la sociedad consumista, al hacer excesiva propaganda de los valores puramente hedonistas, provoca de manera desenfrenada los instintos y las tendencias al goce inmediato, haciendo difícil el reconocimiento y el respeto de la jerarquía superior de los bienes morales sobre los placenteros.
En conclusión, el recto juicio de la conciencia no depende sólo de la agudeza o preparación del intelecto, sino también de una recta disposición de la voluntad (virtudes morales), sin la cual la razón no puede desempeñar su función rectora de la conducta.
Históricamente se comprueba la realidad de personas –líderes políticos, jefes de estado, intelectuales, etc. – que no obstante una adecuada formación ética desde el punto de vista racional (recuérdese el caso de Enrique VIII de Inglaterra), su conducta incoherente les ha conducido a la negación de principios éticos elementales, precisamente por haber perdido la adecuación entre la doctrina y la vida.
5.- La Conciencia Deformada.
El estado de “conciencia deformada” sobreviene cuando no se ha cuidado o bien el aspecto intelectual de la ley moral o bien los aspectos subjetivos de las disposiciones rectas de la voluntad. O bien (y es lo más frecuente), ambos. Los diversos estados de deformación de la conciencia son:
1º Conciencia relajada o laxa. Es la que, sin fundamento alguno o por razones superficiales quita razón de ilicitud moral a lo que si la tiene.
Para salir de una conciencia la se precisa remover sus causas: procurar una sólida instrucción en la ley moral, fomentar la capacidad reflexiva, mejorar las disposiciones de la voluntad, etc.
Interesa hacer notar que, en ocasiones, los argumentos empleados para fundamentar dictámenes laxos proceden, más que de fundamentaciones racionales, de razones sentimentales (tiene derecho a rehacer su vida, lo contrario sería poco humano). Profundizando en el bien verdadero de la persona, se halla que esas razones sentimentales acaban, a la larga, perjudicando al propio individuo.
La aparición de la laxitud en la conciencia es debida, además de la razón anterior, a conductas inmorales: una conciencia relajada resulta a propósito para encontrar justificaciones a comportamientos ilícitos.
Con el paso del tiempo, una conciencia laxa llega a convertirse en conciencia (cauterizada, o endurecida), pues la frecuente repetición de acciones ilícitas conduce a la incapacidad de advertir su gravedad, o a ni siquiera reconocerla.
2º Conciencia escrupulosa, que se contrapone a la anterior; es la que, sin motivos fundamentados, asigna ilicitud moral a acciones licitas.
Como característica principal, los escrúpulos producen infundado temor y ansiedad desproporcionada.
Los escrúpulos propiamente dichos pueden tener una causa patológica (o, al menos, de agotamiento nervioso). Para salir de ese estado además de las ayudas médicas, el escrupuloso debe esforzarse seriamente por despreciar sus escrúpulos y obedecer a la persona que lo aconseje. En algunos casos suele ser beneficioso recurrir a las técnicas de “reducción al absurdo”, para serenar la conciencia del escrupuloso.
No suele ser infrecuente, por otra parte, que quien haya mantenido durante largo tiempo un estado de conciencia laxa o relajada, acabe siendo escrupuloso. La consideración de sus excesos anteriores no le permite encontrar con facilidad el justo medio, viniendo a cumplirse en èl la antigua máxima latina que afirma que extrema se tangunt (los extremos se tocan).
La conciencia escrupulosa se distingue netamente de la conciencia delicada, que lleva a advertir y a dolerse de las faltas pequeñas.
Como señal distintiva entre la conciencia delicada y la escrupulosa está la paz del alma que produce la primera, a diferencia del estado de ansiedad e inquietud que permanece en el escrupuloso.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario